COMUNICADO A CARREFOUR ESPAÑA

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Comunicado enviado a Carrefour :

 

 

El objetivo de este comunicado no es más que poner en valor una educación ambiental con contenido y sin la necesidad de la exhibición de fauna salvaje en condiciones totalmente desnaturalizadas. Debido a que Carrefour en el C.C. San Juan Aznalfarache podría ceder de nuevo su espacio a actividades con fauna salvaje en colaboración con Mundopark, y tras ver la situación en la que se llevó a cabo esta “educación ambiental” en las jornadas del 8 y 9 de noviembre de 2019, nos es necesario solicitar que bajo criterios de educación, conservación y bienestar animal se lleve a cabo en caso de repetirse sin la presencia de animales salvajes.

 

La intención no es vetar a ninguna entidad, empresa o institución, por lo que no se trata de un comunicado contra la colaboración con un centro zoológico, sino por el tipo de actividad concreta llevada a cabo. Una actividad de sensibilización ambiental, bajo criterios educativos y que promuevan la conservación sería una iniciativa aplaudida sin importar la entidad organizadora.

 

Tras documentar con fotografías y video las citadas jornadas del 8 y 9 de noviembre de 2019, en las que este “Aula de Naturaleza” funcionaba desde las 12h a 21h el viernes y de 11h a 21h el sábado, se encontraron evidentes signos de estrés y marcadas esterotipias en los animales expuestos, así como un comportamiento que denotaba el agotamiento extremo de algunos de los individuos expuestos.

 

Los animales se encontraban expuestos dicha cantidad de horas al público, dentro de un centro comercial (con sonidos, luces y ambiente propio de este tipo de establecimiento), que provoca un estrés irremediable y en un contexto totalmente desnaturalizado. Las instalaciones construidas para ellos no cumplían los requisitos mínimos para las especies albergadas, además de no ofrecer la posibilidad de refugio para poder esconderse y descansar del alboroto.

 

[Se promovía el contacto directo con animales, incluida aves rapaces nocturnas en citados horarios, o reptiles sin la correcta regulación térmica. Además, la gran afluencia de público que provocaba una insuficiente supervisión de los trabajadores de Mundopark tuvieron como consecuencia una continua manipulación o intento de la misma de los animales.

 

Más allá de la clara evidencia de la ausencia de bienestar animal, existen también contradicciones de la actividad respecto a lo citado en distintas normativas relativas:

 

–        La Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, incorpora la Directiva1999/22/CE, relativa al mantenimiento de animales salvajes en parques zoológicos, e indica que la finalidad de la exposición de los animales en dichos centros debe ser únicamente la educación, conservación e investigación. Atendiendo a las características de las instalaciones en el Aula de Naturaleza es fácil comprobar que no se está aplicando ningún criterio de la definición como tal de Educación, establecida por la UNESCO y englobada en el Documento de Buenas prácticas de la Directiva de parques zoológicos:comunicación organizada y sostenida diseñada para propiciar el aprendizaje. En este contexto, la comunicación requiere una relación entre dos o más personas que implica la transferencia de información (mensajes, ideas, conocimientos, estrategias, etc.). «Organizada» significa que se ha planificado de acuerdo con un patrón o secuencia con objetivos o contenidos establecidos y que involucra a un organismo educativo que organiza la situación de aprendizaje y a los profesores empleados (incluidos voluntarios no remunerados) para organizar la comunicación de manera consciente. «Sostenida» significa que la experiencia de aprendizaje tiene elementos de duración y continuidad. Por «aprendizaje» se entiende cualquier cambio en el comportamiento, la información, el conocimiento, la comprensión, las actitudes, las habilidades o las capacidades que se puede conservar y que no es atribuible al crecimiento físico ni al desarrollo de patrones de comportamiento heredados (UNESCO, OCDE, 2001).

–        En el mismo Manual de Buenas prácticas se establecen algunas medidas a tener en cuenta durante las interacciones entre el público y animales como:

o   Ninguna interacción debe amenazar la integridad física o psicológica de los animales.

o   Uso de un entorno predecible y familia para los animales involucrados.

o   Las interacciones sólo se permiten bajo la supervisión y control de una persona responsable y de acuerdo con normas específicas, incluida la duración permitida de los contactos.

o   Instalaciones que permiten todos los procedimientos de higiene necesarios para una interacción segura (por ejemplo, puntos de lavado de manos; alimentos-baño; baños en caso de inmersión en un medio acuático).

o   Seguimiento y registros de la comportamiento y la salud de los animales que participan en la interacción.

o    El contacto físico se limita tanto como sea posible y se deben tener en cuenta las medidas de bioseguridad e higiene (véanse las directrices disponibles de salud pública sobre zoonosis).

o    Las interacciones con visitantes no son una parte significativa de la rutina diaria del comportamiento del animal.

o   Los animales sociales o juveniles no se utilizan para las interacciones si estas requieren la perturbación del grupo social.

Todas estas medidas son incumplidas en la interacción en el Aula de Naturaleza tal y como hemos documentado.

–        En la misma directiva europea se establece que las instalaciones que alojan a los animales deben cumplir unos requisitos mínimos recogidos por la EAZA en sus Normas mínimas para el alojamiento y cuidado de los animales en parques zoológicos y acuarios, normas que tampoco se cumplían en las anteriores jornadas.

–        Según la Directiva Balai, Directiva 92/65/CEE del Consejo, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria, y que que autoriza al centro de procedencia de los animales: “Los animales confinados en un organismo, instituto o centro autorizado, sólo podrán abandonar dicho establecimiento cuando estén destinados a otro organismo, instituto o centro autorizado, en dicho Estado miembro o en otro Estado miembro;” Por lo que el movimiento de dichos animales sólo podría hacerse a otro establecimiento autorizado por dicha directiva.

 

Por todo esto, con este comunicado solicitamos que Carrefour España se comprometa públicamente a no aceptar actividades que impliquen a exhibición de fauna salvaje en sus instalaciones en favor de actividades basadas en la educación y sensibilización ambiental bajo criterios científicos y educativos.

Firman este documento (por orden alfabético):

Abogacía Andaluza por la Defensa Animal – AADA.

Asociación DDEVIDA.

Asociación de Ciencias Ambientales de León.

Asociación Protectora de Aves Exóticas El Nido.

Asociación Vínculo Humano Animal – AVHA.

Asociación Zamorana de Ciencias Naturales y Defensa Animal Zamora.

BRUTAL

Canal de Youtube Aventuras Barbudas

FAADA

ECOURBE

La Sexta Huella

Reserva Hijos del Bosque

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